El BCE, ha expresado que los bancos que están bajo su jurisdicción deberán introducir limites para el uso de criptoactivos, todo esto debido a los altos riesgos que estos representan.
El Banco Central Europeo ( BCE ) espera que los bancos que están bajo su paraguas introduzcan límites a sus crypto tenencias, el mismo debería hacerse efectivo incluso antes de que las normas globales ( BCBS ) entren en vigencia en el 2025.
El banco ha agrupado los criptoactivos en función al riesgo que estos representan, proporcionando también algunos lineamientos a seguir para gestionar la exposición a cada grupo. Entre los grupos encontramos al “Bitcoin”, el cual se cataloga como un activo no respaldado por ende colocado en el grupo 2 de activos de riesgo; en este mismo grupo están las “stables coins”, catalogados como mecanismos “inefectivos” para mantener su precio.
En el nivel de alto riesgo encontramos los activos que no cumplen con las condiciones de clasificación del BCBS
El aviso del BCE
Al respecto el BCE ha emitido un boletín informativo este Miércoles, en el mismo se puede leer que estos activos:
“están sujetos a un tratamiento de capital conservador recientemente prescrito con una ponderación de riesgo del 1,250% ” y un límite de exposición por debajo del 1% del capital de los bancos Nivel 1″.
En el grupo 1, encontramos las versiones tokenizadas de activos tradicionales, algunas monedas estables que no tengan que depender de algoritmos para mantener su precio y potencialmente monedas digitales del Banco Central ( CBDC ).
La recomendación viene dada de acuerdo a las normas de la UE , que estipula que los bancos que poseen criptomonedas pueden estar obligados a asignar a los activos digitales la calificación de riesgo más alta posible del 1,250%, lo que significa que se verán obligados a mantener una cantidad igual de capital para que coincida con la criptografía que poseen.